¿Qué es el IRPH?
El IRPH es un indicador utilizado para calcular los intereses que se tienen que pagar en una hipoteca tipo variable, sus siglas significa “Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios”,
Al principio existían tres tipos diferentes: IRPH Bancos, IRPH Cajas e IRPH Entidades. Hoy en día solo está vigente el correspondiente a las entidades, los demás desaparecieron en 2013. Las hipotecas referenciadas a los índices eliminados o bien adoptaron el IRPH Entidades o un índice sustituto fijado en el euríbor mas un 1%.
Se calcula haciendo la media simple de los intereses que aplican los bancos en las nuevas hipotecas que conceden, a partir de la TAE (Tasa Anual Equivalente), es decir, incluyendo los gastos y las comisiones. El Banco de España es el encargado de elaborar el dato, que después se publica en el BOE.
Su uso se generalizó en 2008, momento en el que el Euribor escaló sus máximos históricos. Los bancos comenzaron a ofrecer un índice diferente, al que ligar las hipotecas y calcular sus intereses. Pero su evolución no ha sido tan favorable como esperaban los consumidores, se ha suscitado polémica debido a que este índice puede ser manipulable, además, la mayor parte de hipotecas que contienen IRPH, no habían incluido una explicación clara y sencilla.
La manipulación del índice y su no transparencia se ve apoyada en una pluralidad de jurisprudencia, entre otras la sentencia núm. 158/15 del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Vitoria-Gasteiz, de 15 de junio de 2015 declaró la nulidad de la cláusula del contrato de préstamo hipotecario celebrado entre las partes, que referencia el mismo al índice IRPH Entidades y como índice sustitutivo al IRPH Cajas para toda la vida del préstamo. Del mismo modo, la sentencia de la Audiencia Provincial de Álava, Sección 1.ª, de 10 de marzo de 2016 anuló el índice IRPH Entidades, así como el IRPH Cajas previsto como sustitutivo, y condenó a la entidad Kutxabank a devolver con carácter retroactivo todos los intereses cobrados indebidamente al perjudicado. Así, la sentencia núm. 270/2015, del Juzgado de lo Mercantil de Valencia, de 15 de enero 2015 declaró la abusividad de la cláusula relativa al tipo de interés de referencia IRPH-CAJAS, al no constar, que se hubieran facilitado a los prestatarios, la información precontractual para que conocieran la influencia que tiene la prestamista sobre la conformación del índice de referencia del interés variable.
En definitiva, este tipo de interés se vendía como más estable para el cliente, pero en realidad era una fórmula que permitía a las entidades cobrar más a los clientes con un mayor perfil de riesgo. Por ello, las hipotecas que contengan IRPH deben ser revisadas.